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El funcionamiento del Registro de Productores Mineros se encuentra a cargo de la Dirección de Minería, dependiente de la Subsecretaría de Medio Ambiente perteneciente a la Secretaría de Producción.
Tanto la inscripción como la reinscripción en el Registro de Productores Mineros son trámites gratuitos y deben realizarse anualmente, ya que pierden vigencia el día 15 de Marzo de cada año.
El productor minero, al inscribirse en el mencionado registro, debe aportar en calidad de Declaración Jurada la información solicitada en el formulario web y adjuntar los archivos correspondientes (formato imagen o pdf ) según el tipo de persona:
Persona física | Sociedad | Entidad pública |
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