Atras

En el marco de la Ley Provincial 6.292 (Ley de preservación de la flora silvestre, los recursos biológicos acuáticos y la fauna silvestre), la resolución provincial N.º 87/2017 (DFFSyS) que regula las actividades de estudios científicos en la provincia, la Ley Nacional 27.246 del Protocolo de Nagoya sobre acceso a los recursos genéticos y la resolución 410/19 de MAyDS sobre recursos genéticos; la toma de muestras de recursos biológicos como su posterior acceso para su utilización, deben ser autorizadas por la Dirección de Flora, Fauna Silvestre y Suelo de la provincia de Tucuman.

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Solicitud de nueva colecta de recursos biológicos Se solicita ANTES de realizar una colecta de recursos biológicos en el territorio de la provincia. (30 días de anticipación)
Convalidación Se solicita en el caso de que las muestras biológicas hayan sido tomadas con anterioridad a la entrada en vigencia de la legislación provincial Resolución 87/17 DFFSyS con fecha del 29 de mayo de 2017. Solo se autorizará convalidaciones posteriores a esta fecha excepcionalmente y con la debida justificación.
Renovación Se solicita cuando surge la necesidad de renovar un permiso ya autorizado por resolución. Puede ser renovación simple (sin modificaciones del proyecto original) o renovación con ajustes o modificaciones (cuando tiene modificaciones y es diferente al proyecto original).